CORONAVIRUS

El BOE publica las condiciones para las salidas de los menores a la calle

Se permitirá la salida de grupos de hasta tres niños acompañados por un adulto responsable que conviva actualmente con ellos

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado las condiciones para las salidas de los menores de 14 años a la calle durante el estado de alarma, que entrarán en vigor el domingo 26 de abril. En el mismo se hace referencia a los efectos negativos del confinamiento en la infancia tanto a nivel físico como emocional, considerando que existe una “situación de necesidad” para permitir salidas controladas.

La orden indica que los niños (hasta tres) deberán estar acompañados por un adulto responsable, entendido como tal aquella persona mayor de edad que conviva con ellos actualmente o un empleado de hogar a cargo del menor. Estas salidas podrán realizarse una vez al día, entre las 9.00 y las 21.00 horas, y con una duración máxima de una hora y a una distancia máxima de un kilómetro desde su residencia.

Durante el paseo deberá mantenerse una distancia con terceros de al menos dos metros y se podrá circular por cualquier vía o espacio público, incluidos espacios naturales y zonas verdes habilitadas, pero no se podrá acceder a espacios recreativos infantiles al aire libre ni a instalaciones deportivas.

Consulta aquí la orden completa del BOE.

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